F.6
Número de niños, niñas y adolescentes (y su incidencia relativa) migrantes no acompañados.

Definición:

Todo menor de 18 años de edad extranjero que se encuentra separado de ambos padres y no está bajo el cuidado de ningún adulto que por ley o costumbre esté a su cargo (ACNUR), así como aquellos que sean dejados solos tras su entrada a un país. En general se reconoce bajo la figura MENA (menor extranjero no acompañado).

El cálculo de su incidencia relativa se hace sobre las poblaciones de nacionales del grupo etario del país de origen, por cada 100 mil menores de 18 años.

Notas:

Este indicador debe elaborarse preliminarmente en cada país afín de ir perfeccionándolo, en la perspectiva de hacerlo comparable regionalmente. Esta aclaración es necesaria puesto que los países de la región no han consensuado protocolos de atención (V Cumbre migratoria de la CELAC, Santiago, noviembre de 2016) aunque la CRM dispone de lineamientos elaborados en versiones sucesivas (http://www.crmsv.org/
Publicaciones/Publicaciones.htm). Varios países han accedido a los informes del Homeland Security de los Estados Unidos, e instituciones cono el INAMI de México relevan información. Debe computarse anualmente.

Tipo
Cuantitativo
Medidas prioritarias

B.8 - Mecanismos de participación efectiva

8
Garantizar asimismo la existencia de mecanismos de participación efectiva de adolescentes y jóvenes en el debate público, en la toma de decisiones y en todas las etapas de las políticas y programas, en particular en aquellas que les atañen directamente, sin ningún tipo de discriminación fortaleciendo los mecanismos institucionales de juventud.

B.9 - Juventud plena y satisfactoria

9
Invertir en la juventud, a través de políticas públicas específicas y condiciones diferenciales de acceso, especialmente en la educación pública, universal, laica, intercultural, libre de discriminación, gratuita y de calidad, para lograr que sea una etapa de vida plena y satisfactoria, que les permita construirse a sí mismos como personas autónomas, responsables y solidarias, capaces de enfrentar creativamente los retos del siglo XXI.

B.10 - Políticas y programas para la juventud

10
Promover e invertir en políticas de trabajo y empleo y programas especiales de formación para la juventud que potencien la capacidad e iniciativa colectivas y personales y posibiliten la conciliación entre los estudios y la actividad laboral, sin precarización del trabajo y garantizando igualdad de oportunidades y trato.

F.72 - Descriminalizar la migración

72
Proteger decididamente los derechos humanos, evitando toda forma de criminalización de la migración, garantizando el acceso a servicios sociales básicos, de educación y de salud, incluida la salud sexual y la salud reproductiva cuando corresponda, para todas las personas migrantes, independientemente de su condición migratoria, prestando particular atención a los grupos en condición de mayor vulnerabilidad, entre ellos, los menores no acompañados, las personas que se desplazan en situación irregular, las mujeres víctimas de la violencia, las víctimas de trata, las repatriadas y las que se desplazan forzadamente buscando refugio.
Tema
F. Migración internacional