H.7
Número de pueblos o comunidades indígenas en peligro de desaparición.

Definición:

Número de pueblos o comunidades indígenas en peligro de desaparición.

Notas:

Para el cálculo del indicador se deberán acordar los criterios para establecer si un pueblo o comunidad indígena está en peligro de desaparición y su metodología. Por ejemplo, puede determinarse sólo a través del criterio demográfico (considerando tamaño poblacional, estructura por edades y sexo, tasas de reproducción y niveles de mortalidad) o incluyendo además criterios para establecer vulnerabilidad socioambiental y territorial, tal como los desplazamientos forzados, la escasez de alimentos, la contaminación de las aguas, la degradación de los suelos, la desnutrición, por mencionar algunos, lo cual complejizaría aún más el cálculo del indicador. Asimismo se sugiere complementar este indicador con uno que dé cuenta sobre los idiomas indígenas en peligro de extinción. Es deseable que estos acuerdos se definan en conjunto con las organizaciones de los pueblos indígenas.

Tipo
Cuantitativo
Medidas prioritarias

H.85 - Derechos de pueblos indígenas

85
Respetar y aplicar las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como las del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, exhortando a los países que aún no lo han hecho a firmarlo y ratificarlo, adaptando los marcos jurídicos y formulando las políticas necesarias para su implementación, con la plena participación de estos pueblos, incluidas las personas indígenas que viven en ciudades.

H.86 - Pueblos indígenas y dinámica demográfica

86
Considerar las dinámicas demográficas particulares de los pueblos indígenas en el diseño de las políticas públicas, poniendo especial atención a los pueblos indígenas amenazados de desaparición, los no contactados o en situación de aislamiento voluntario o de contacto inicial, respetando el derecho a la libre determinación.

H.88 - Pueblos indígenas y derechos territoriales

88
Respetar y garantizar los derechos territoriales de los pueblos indígenas, incluidos a los pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial, prestando particular atención a los desafíos que plantean las industrias extractivas y otras grandes inversiones a escala global, la movilidad y los desplazamientos forzados, y desarrollar políticas que garanticen la consulta previa, libre e informada en los asuntos que les afecten, de conformidad con lo establecido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
Tema
H. Pueblos indígenas