D.9
Porcentaje de centros de atención de la salud que han implementado protocolos actualizados de atención materna.

Definición:

Cociente entre i) numerador: total de centros de salud que han implementado protocolos actualizados de atención materna; y ii) denominador: total de centros de atención a la salud. El indicador se expresa por 100 centros de salud.

Notas:

La naturaleza misma de la atención de salud supone la existencia de protocolos actualizados de atención materna. Debería revisarse la incorporación del enfoque intercultural en estos protocolos.

Sobre los servicios de salud sexual y reproductiva, es probable que sus componentes varíen según las normas de cada país.

En el Glosario puede verse mayor información sobre los componentes de la oferta de servicios de salud sexual y reproductiva.

Esta metadata se ha elaborado a partir de:

Propuesta de indicadores para el seguimiento de las metas de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo en América Latina y el Caribe. Véase en línea [http://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/7159/S023185_es.pdf;jsessionid=A8F4DBD7895C48E9A4355F4259D8B904?sequence=1].

Seguimiento a nivel nacional de los logros en el acceso universal a la salud reproductiva. Véase en línea [http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/44057/1/9789243596839_spa.pdf].

Este objetivo y otros relacionados con la salud materna e infantil en el contexto de la salud sexual y reproductiva se encuentra enmarcado en The global strategy for women’s, children’s and adolescents’ health (2016-2030). Véase en línea [http://www.who.int/pmnch/media/events/2015/gs_2016_30.pdf].

Tipo
Cuantitativo
Medidas prioritarias

D.40 - Eliminar las causas de morbilidad y mortalidad materna

40
Eliminar las causas prevenibles de morbilidad y mortalidad materna, incorporando en el conjunto de prestaciones integrales de los servicios de salud sexual y salud reproductiva medidas para prevenir y evitar el aborto inseguro, que incluyan la educación en salud sexual y salud reproductiva, el acceso a métodos anticonceptivos modernos y eficaces y el asesoramiento y atención integral frente al embarazo no deseado y no aceptado y, asimismo, la atención integral después del aborto, cuando se requiera, sobre la base de la estrategia de reducción de riesgo y daños

D.42 - Servicios de aborto seguros y de calidad en contextos de aborto legal o despenalizado

42
Asegurar, en los casos en que el aborto es legal o está despenalizado en la legislación nacional, la existencia de servicios de aborto seguros y de calidad para las mujeres que cursan embarazos no deseados y no aceptados e instar a los demás Estados a considerar la posibilidad de modificar las leyes, normativas, estrategias y políticas públicas sobre la interrupción voluntaria del embarazo para salvaguardar la vida y la salud de mujeres y adolescentes, mejorando su calidad de vida y disminuyendo el número de abortos.

D.43 - Atención integral en salud en el proceso reproductivo para todas las mujeres

43
Asegurar el acceso efectivo de todas las mujeres a la atención integral en salud en el proceso reproductivo, específicamente a atención obstétrica humanizada, calificada, institucional y de calidad, y a servicios óptimos de salud de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, así como a servicios que integren la interrupción del embarazo en los casos previstos por la ley y garantizar el acceso universal a técnicas de fertilización asistida.

D.45 - Detección de alteraciones del embarazo

45
Formular planes para fortalecer los mecanismos de detección de alteraciones del embarazo, incluida la preconcepción, elevar la calidad de atención prenatal con enfoque intercultural, garantizar la provisión de sangre segura para la atención del embarazo, parto y puerperio, y mejorar la atención humanizada del parto y el nacimiento y los cuidados perinatales integrales, teniendo en cuenta las necesidades de las mujeres, los niños, las niñas y las familias.

H.85 - Derechos de pueblos indígenas

85
Respetar y aplicar las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como las del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, exhortando a los países que aún no lo han hecho a firmarlo y ratificarlo, adaptando los marcos jurídicos y formulando las políticas necesarias para su implementación, con la plena participación de estos pueblos, incluidas las personas indígenas que viven en ciudades.

H.87 - Medicina tradicional y prácticas de salud indígena

87
Garantizar el derecho a la salud de los pueblos indígenas, incluidos los derechos sexuales y derechos reproductivos, así como el derecho a sus propias medicinas tradicionales y sus prácticas de salud, sobre todo en lo que se refiere a la reducción de la mortalidad materna e infantil, considerando sus especificidades socioterritoriales y culturales, así como los factores estructurales que dificultan el ejercicio de este derecho.

I.92 - Respeto y aplicación de la Declaración y Programa de Acción de Durban con plena participación de afrodescendientes

92
Respetar y aplicar las disposiciones de la Declaración y el Programa de Acción de Durban aprobados por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, adaptando los marcos jurídicos y formulando las políticas necesarias para su implementación, con la plena participación de las personas afrodescendientes.

I.95 - Derecho a la salud en personas afrodescendientes

95
Garantizar el ejercicio del derecho a la salud de las personas afrodescendientes, en particular la salud sexual y la salud reproductiva de las niñas, adolescentes y mujeres afrodescendientes, tomando en cuenta sus especificidades socioterritoriales y culturales, así como los factores estructurales, como el racismo, que dificultan el ejercicio de sus derechos.
Tema
D. Salud sexual y reproductiva