Porcentaje de fuentes de datos pertinentes que incluyen la autoidentificación indígena, considerando censos, encuestas y registros administrativos de los diferentes sectores.

Definición:

Cociente entre: i) numerador: número de fuentes de datos del sistema estadístico nacional que incluyen la identificación indígena; y ii) denominador: número total de fuentes de datos del sistema estadístico nacional (por cien).

Notas:

Este indicador es fundamental puesto que sigue el espíritu de la meta 17.18 de los ODS en cuanto a disponer, de aquí a 2020, de datos desagregados por etnicidad y raza, oportunos y de calidad. Para determinar quién es indígena en las fuentes de datos estadísticos, existe consenso internacional que debe utilizarse el criterio de autoidentificación, estableciendo las categorías que tienen sentido para los pueblos indígenas, incluyendo las distintas formas de autodenominarse. Otros elementos de la identidad indígena, tal como el idioma o la territorialidad, son importantes para caracterizar a los pueblos indígenas (pero no para cuantificar), por tanto es importante evaluar para cada fuente de datos la factibilidad de incluir variables al respecto (Del Popolo y Schkolnik, 2013 http://www.cepal.org/es/publicaciones/37682-notas-poblacion-vol40-ndeg-97 y CEPAL, 2009 http://www.cepal.org/es/publicaciones/6940-censos-2010-la-inclusion-enfoque-etnico-construccion-participativa-pueblos).

Por otra parte, es preciso definir un conjunto mínimo de fuentes de datos para que el indicador sea comparable a nivel regional, incluyendo censos de población y vivienda, censos agropecuarios, encuestas de condiciones de vida (ingresos, empleo, propósitos múltiples, etc.), encuestas de demografía y salud, registros vitales, registros continuos de salud, de educación, de vivienda y de otros registros continuos que constituyan la fuente primaria de información para otros indicadores del Consenso de Montevideo y de la Agenda 2030. Asimismo, el indicador puede calcularse por operaciones estadísticas concretas, como por ejemplo porcentaje de encuestas continuas de hogares que incluyen la identificación indígena.

Tipo
Cuantitativo
Medidas prioritarias

A.4 - Población y desarrollo

4
Asegurar la plena integración de la población y su dinámica en la planificación del desarrollo sostenible, las políticas sectoriales y las políticas y programas públicos en general ―en particular en los planes de desarrollo y ordenamiento territorial― a escala nacional y subnacional, haciendo uso del conocimiento y la información sociodemográfica y aprovechando los avances tecnológicos.

H.85 - Derechos de pueblos indígenas

85
Respetar y aplicar las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como las del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, exhortando a los países que aún no lo han hecho a firmarlo y ratificarlo, adaptando los marcos jurídicos y formulando las políticas necesarias para su implementación, con la plena participación de estos pueblos, incluidas las personas indígenas que viven en ciudades.

H.90 - Derecho a la comunicación e información de los pueblos indígenas

90
Garantizar el derecho a la comunicación e información de los pueblos indígenas, asegurando que las estadísticas nacionales respeten el principio de autoidentificación, así como la generación de conocimiento e información confiable y oportuna sobre los pueblos indígenas, a través de procesos participativos, atendiendo a sus requerimientos y a las recomendaciones internacionales relativas a estos asuntos.
Tema
H. Pueblos indígenas