D.5
Porcentaje de hombres y mujeres que ponen en práctica elementos básicos de prevención y autocuidado de su salud sexual y su salud reproductiva.

Definición:

Cociente entre i) numerador: población de 15 y más años que declara poner en práctica elementos básicos de prevención y autocuidado de su salud sexual y su salud reproductiva; y ii) denominador: población de 15 y más años. Este indicador se expresa por 100 personas de 15 y más años.

Notas:

“La salud reproductiva es un estado general de bienestar físico, mental y social. Es la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria sin riesgos de procrear, y la libertad para decidir hacerlo o no hacerlo".

UNFPA indica en http://www.unfpa.org.mx/salud%20sexual%20y%20reproductiva.php que “la salud reproductiva incluye un conjunto de métodos, técnicas y servicios que contribuyen a la salud y el bienestar reproductivos al evitar y resolver los problemas relacionados con la salud reproductiva que contribuyen a la prevención y el autocuidado de la salud sexual y reproductiva.

Véase también http://www.who.int/reproductivehealth/topics/countries/strategic_approach/es/.

Hay acuerdo en que cabe seguir trabajando los metadatos para alcanzar una definición experta, validada políticamente y factible de medir de “elementos básicos de prevención y autocuidado de la salud sexual y reproductiva”.

Tipo
Cuantitativo
Medidas prioritarias

B.11 - Educación para la sexualidad

11
Asegurar la efectiva implementación de programas de educación integral para la sexualidad, reconociendo la afectividad, desde la primera infancia, respetando la autonomía progresiva del niño y de la niña y las decisiones informadas de adolescentes y jóvenes sobre su sexualidad, con enfoque participativo, intercultural, de género y de derechos humanos.

D.46 - Recursos para el acceso universal a la salud sexual y reproductiva

46
Garantizar una dotación suficiente de recursos financieros, humanos y tecnológicos para brindar un acceso universal a la salud sexual y la salud reproductiva de todos y todas, incluidos hombres, mujeres, adolescentes, jóvenes, personas mayores y personas con discapacidad, sin discriminación alguna.

H.85 - Derechos de pueblos indígenas

85
Respetar y aplicar las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como las del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, exhortando a los países que aún no lo han hecho a firmarlo y ratificarlo, adaptando los marcos jurídicos y formulando las políticas necesarias para su implementación, con la plena participación de estos pueblos, incluidas las personas indígenas que viven en ciudades.

H.87 - Medicina tradicional y prácticas de salud indígena

87
Garantizar el derecho a la salud de los pueblos indígenas, incluidos los derechos sexuales y derechos reproductivos, así como el derecho a sus propias medicinas tradicionales y sus prácticas de salud, sobre todo en lo que se refiere a la reducción de la mortalidad materna e infantil, considerando sus especificidades socioterritoriales y culturales, así como los factores estructurales que dificultan el ejercicio de este derecho.

I.92 - Respeto y aplicación de la Declaración y Programa de Acción de Durban con plena participación de afrodescendientes

92
Respetar y aplicar las disposiciones de la Declaración y el Programa de Acción de Durban aprobados por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, adaptando los marcos jurídicos y formulando las políticas necesarias para su implementación, con la plena participación de las personas afrodescendientes.

I.95 - Derecho a la salud en personas afrodescendientes

95
Garantizar el ejercicio del derecho a la salud de las personas afrodescendientes, en particular la salud sexual y la salud reproductiva de las niñas, adolescentes y mujeres afrodescendientes, tomando en cuenta sus especificidades socioterritoriales y culturales, así como los factores estructurales, como el racismo, que dificultan el ejercicio de sus derechos.
Tema
D. Salud sexual y reproductiva