Ley 4559 que establece la inscripción automática en el registro cívico permanente

Ley que establece la Inscripción Automática en el Registro Cívico Permanente, los paraguayos/as que cumplan dieciocho años de edad a partir del 16 de enero de 2012, formarán parte del Registro Cívico Permanente (RCP) en forma automática.
Fecha
Objetivo general

Ley que establece la Inscripción Automática en el Registro Cívico Permanente, los paraguayos/as que cumplan dieciocho años de edad a partir del 16 de enero de 2012, formarán parte del Registro Cívico Permanente (RCP) en forma automática: serán inscriptos en forma automática en la medida en que las personas cumplan la edad requerida; el domicilio y demás datos serán tomados de la base de datos del Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional; las personas que no tengan dirección definida deberán realizar una inscripción nueva en las Oficinas del Registro Electoral.

Beneficiarios
Jóvenes
Tipo
Ley
Temas / Capítulos
B. Niñez, adolescencia y juventud