D.33 - Garantizar la salud y los derechos sexuales y reproductivos

D.33 - Garantizar la salud y los derechos sexuales y reproductivos
Promover, proteger y garantizar la salud y los derechos sexuales y los derechos reproductivos para contribuir a la plena realización de las personas y a la justicia social en una sociedad libre de toda forma de discriminación y violencia.
Número de medida prioritaria
33

Observaciones:

Esta medida es de carácter amplio y apunta a crear condiciones para promover, proteger y garantizar el ejercicio de los derechos sexuales y los derechos reproductivos y asegurar el acceso pleno a servicios de salud sexual y salud reproductiva. Estas condiciones se vinculan con el desarrollo de marcos normativos, la creación o fortalecimiento de redes de servicios de distinta complejidad y de calidad, para todas las poblaciones y en todo el territorio nacional, el desarrollo de modelos de atención en el marco de la atención primaria de la salud, la disponibilidad de recursos humanos entrenados, el aseguramiento de recursos financieros y el desarrollo de sistemas de información.

Lo anterior se puede lograr con la implementación de otras medidas prioritarias del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, en particular de todas las del presente capítulo D; de aquellas específicas referentes a adolescentes y jóvenes, del capítulo B (MP 11, 12, 14 y 15), a igualdad de género, del capítulo E (MP 59), a los migrantes, del capítulo F (MP 72), a los pueblos indígenas, del capítulo H (MP 87), y a las poblaciones afrodescendientes, del capítulo I (MP 95). Asimismo, se relaciona con las medidas prioritarias del capítulo J (MP 99 a 108), mediante las cuales se establece el marco para la puesta en marcha de la agenda regional en población y desarrollo, abordando lo relativo al desarrollo y fortalecimiento de las fuentes de información para el monitoreo, la capacitación de recursos humanos y la movilización de recursos.

Otros instrumentos, instancias y mecanismos relacionados:

El seguimiento del Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo y la Plataforma de Acción de Beijing y sus desarrollos posteriores, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales, 1989 (núm. 169) de la OIT, el documento final de la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General conocida como Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, el Informe del Grupo de Trabajo de Expertos sobre los Afrodescendientes acerca de su 12º período de sesiones, la Convención sobre los Derechos del Niño, el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) (MESECVI) y la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer. También con el acuerdo 69 del Consenso de Santo Domingo (2013); el acuerdo 6.a del Consenso de Brasilia (2010); y el acuerdo xxiv del Consenso de Quito (2007)

Tema
D. Salud sexual y reproductiva