Observaciones:
Las MP 54, 55 y 56 conforman un grupo de medidas orientadas a eliminar las disparidades de género en el ámbito laboral. La MP 54 tiene un carácter más general y considera las asimetrías relacionadas principalmente con el acceso y la permanencia en empleos decentes, las remuneraciones y la toma de decisiones, mientras que la MP 55 se centra más específicamente en el fomento del liderazgo de las mujeres empresarias para ocupar puestos de alto nivel en las empresas y la MP 56 se focaliza en la prevención y sanción del hostigamiento, el acoso sexual y otras formas de asedio en el espacio de trabajo (además del educativo).
En cuanto al reconocimiento del valor productivo del trabajo doméstico no remunerado y de cuidado a que hace mención la MP 54, se trata de un aspecto desarrollado de manera más específica en las MP 53, 62 y 64 de este mismo capítulo.
Esta medida debe visualizar la situación particular de las mujeres y personas afrodescendientes y, de esta manera, responder a la MP 93 sobre el entrecruce de las desigualdades para la eliminación del racismo y la discriminación.
Posibles líneas de acción:
1. Generar las condiciones para incrementar la participación laboral de las mujeres. 2. Combatir las condiciones de precariedad e informalidad que afectan principalmente a la fuerza laboral femenina y reducir la presencia de mujeres en los sectores de baja productividad. 3. Formular e implementar políticas que aseguren igual salario por trabajo de igual valor. 4. Fomentar la participación masculina en el trabajo doméstico y de cuidado.
Otros instrumentos, instancias y mecanismos relacionados: Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, artículo 11; Consenso de Santo Domingo, acuerdo 62; Consenso de Brasilia, acuerdo 1.f; Consenso de Quito, acuerdo xxii; Objetivos de Desarrollo Sostenible, meta 8.5