Garantizar el derecho a la salud de esta población mediante la regulación del accionar del personal de salud para una atención diferenciada e integral, que responda a las necesidades particulares de estos grupos.
País
Tipo
Norma
Institución responsable
Medidas prioritarias directas
D.33 - Garantizar la salud y los derechos sexuales y reproductivos
Promover, proteger y garantizar la salud y los derechos sexuales y los derechos reproductivos para contribuir a la plena realización de las personas y a la justicia social en una sociedad libre de toda forma de discriminación y violencia.
D.34 - Políticas para el ejercicio de los derechos sexuales
Promover políticas que contribuyan a asegurar que las personas ejerzan sus derechos sexuales, que abarcan el derecho a una sexualidad plena en condiciones seguras, así como el derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, con respeto de su orientación sexual e identidad de género, sin coerción, discriminación ni violencia, y garantizar el derecho a la información y a los medios necesarios para su salud sexual y salud reproductiva.
D.36 - Erradicar la discriminación por orientación sexual e identidad de género
Desarrollar políticas y programas tendientes a erradicar la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género en el ejercicio de los derechos sexuales y su manifestación.
D.37 - Acceso universal a servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad
Garantizar el acceso universal a servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad, tomando en consideración las necesidades específicas de hombres y mujeres, adolescentes y jóvenes, personas LGBT, personas mayores y personas con discapacidad, prestando particular atención a personas en condición de vulnerabilidad y personas que viven en zonas rurales y remotas y promoviendo la participación ciudadana en el seguimiento de los compromisos.