Observaciones:
Se complementa con las metas y los indicadores incluidos en la MP 26 sobre la adecuación de políticas a los perfiles epidemiológicos, y con los incluidos en capítulo D, que deben visualizar la situación particular de las mujeres afrodescendientes, en particular las MP 37, 40, 44 y 45.
Posibles líneas de acción:
1. Elaborar leyes, políticas y programas de acción afirmativa para avanzar en el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y hombres afrodescendientes. 2. Crear y fortalecer mecanismos de exigibilidad y evaluación del cumplimiento de las políticas públicas y de las normas de salud que visualicen la situación particular de las personas afrodescendientes. 3. Robustecer la generación de información y conocimientos sobre los problemas de salud, en particular de la sexual y reproductiva, que afectan a las personas afrodescendientes, fortaleciendo la capacidad de los investigadores en el enfoque de derechos, de género y generacional. 4. Fortalecer las capacidades nacionales para abordar la salud de las personas afrodescendientes, en particular las relativas a la salud sexual y reproductiva. 5. Promover el empoderamiento de las mujeres afrodescendientes, necesario para abordar los asuntos de salud sexual y reproductiva.
Otros instrumentos, instancias y mecanismos relacionados:
Mecanismos específicos, al menos los mencionados en la MP 92. En el seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, se debe visualizar la situación particular de las personas afrodescendientes, bajo el Objetivo 3.