El Régimen no Contributivo de Pensiones es un programa de asistencia social del Estado, administrado por la C.C.S.S. a título de programa adicional al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, dirigido a aquellos costarricenses y extranjeros residentes legales del país, así como a las personas menores de edad, quienes a pensar de carecer de una condición migratoria regular en el territorio nacional (Ley 5662 modificada en octubre 2009, mediante la Ley 8783) que, encontrándose en necesidad de amparo económico inmediato, no se encuentren cubiertos por los regímenes de pensiones existentes en el país. Esto según las condiciones planteadas en el Reglamento del programa. Asimismo, y de conformidad con las políticas públicas emanadas del Poder Ejecutivo para el sector social, su accionar se encuentra en estrecha concordancia con los lineamientos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo. El programa Régimen no Contributivo se ha
caracterizado por brindar protección a las personas más necesitados del país, con una marcada prioridad a la atención de la población adulta mayor, constituyéndose en uno de los instrumentos de política social más importantes en el combate a la pobreza y pobreza
extrema. Tiene dos componentes, a saber: las Pensiones Ordinarias y las Pensiones por Parálisis Cerebral Profunda (reformado mediante Ley 8769).
Proteger a todas aquellas personas que se encuentran en necesidad de amparo económico inmediato y no califican en alguno de los regímenes contributivos o no contributivos existentes.
Este beneficio se dirige a las personas con necesidad de amparo económico inmediato y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
i) Personas de 65 años y más,
ii) Personas Inválidas: menores de 65 años, …