Observaciones:
Esta medida se vincula con la medida prioritaria 34, relativa al ejercicio de los derechos sexuales, y se complementa con la medida prioritaria 12, que se refiere a implementar programas de salud sexual y salud reproductiva, integrales, oportunos y de calidad para adolescentes y jóvenes.
Posibles líneas de acción:
1. Identificar los vacíos existentes en la legislación y la normatividad, o las contradicciones con los marcos internacionales de derechos humanos, que propician la discriminación o que vulneran el acceso universal a los servicios de salud sexual y salud reproductiva. 2. Modificar la legislación y la normatividad, cuando sea necesario, para asegurar el acceso a la información completa sobre todas las opciones de servicios para todas las personas sin discriminación de ningún tipo. 3. Difundir los avances en la legislación y la normatividad sobre los derechos y la atención de la salud sexual y la salud reproductiva. 4. Establecer mecanismos para la exigibilidad de los derechos así como para el seguimiento de las metas establecidas y la verificación de su avance y cumplimiento a escala nacional y regional. 5. Desarrollar campañas dirigidas al cambio cultural necesario para la protección y el respeto de los derechos sexuales y reproductivos.
Otros instrumentos, instancias y mecanismos relacionados:
Consenso de Brasilia.
Consenso de Santo Domingo, acuerdo 80 y acuerdo 93
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI).