D.37 - Acceso universal a servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad

D.37 - Acceso universal a servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad
Garantizar el acceso universal a servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad, tomando en consideración las necesidades específicas de hombres y mujeres, adolescentes y jóvenes, personas LGBT, personas mayores y personas con discapacidad, prestando particular atención a personas en condición de vulnerabilidad y personas que viven en zonas rurales y remotas y promoviendo la participación ciudadana en el seguimiento de los compromisos.
Número de medida prioritaria
37

Observaciones:

Esta medida se relaciona con la medida prioritaria 12, referente a la implementación de servicios de salud amigables para adolescentes y jóvenes; con las medidas prioritarias 72, 87 y 95, relativas a las garantías en materia de salud sexual y salud reproductiva para las personas migrantes, los pueblos indígenas y las poblaciones afrodescendientes, respectivamente.

Se recomienda a los países promover mecanismos de rendición de cuentas y participación que permitan realizar el seguimiento de los compromisos en esta materia. 1. Crear marcos normativos que aseguren la atención de la salud sexual y la salud reproductiva, reconociendo la diversidad cultural, la diversidad sexual, el ciclo vital y las necesidades específicas de las personas mayores según su condición de salud o discapacidad, de las personas migrantes, desplazadas o afectadas por otra forma de vulnerabilidad, o personas que viven en zonas rurales o remotas. En estos marcos se puede incluir: políticas, protocolos y guías de atención, entre otros. 2. Establecer los mecanismos necesarios para la aplicación de la legislación o para la puesta en marcha de otras medidas de carácter obligatorio. 3. Asegurar la asignación y el carácter intransferible de los recursos financieros necesarios para el funcionamiento de los programas y servicios de salud sexual y salud reproductiva dirigidos a todas las personas, tomando en consideración sus necesidades específicas. 4. Fortalecer la existencia de recursos humanos disponibles en todo el territorio nacional para la prestación de servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad. 5. Facilitar la participación de la base comunitaria en el seguimiento de los compromisos, con énfasis en la promoción de la participación de las mujeres. 6. Asegurar servicios universales de salud sexual y salud reproductiva pertinentes a la diversidad cultural, la diversidad sexual, el ciclo vital y la condición de discapacidad y redes de servicios con mecanismos claros de referencia y contrarreferencia, incluidas las zonas más dispersas. 7. Incorporar la salud sexual y la salud reproductiva en las estrategias de atención primaria de la salud para asegurar el trabajo intersectorial necesario en este ámbito de la salud. 8. Asegurar la disponibilidad de insumos y medicamentos necesarios para la prestación de servicios de salud sexual y salud reproductiva, incluidas las situaciones de emergencia. 9. Fortalecer los sistemas de información para la toma oportuna de decisiones. 10. Integrar en los servicios de salud sexual y salud reproductiva las acciones de prevención del VIH, aprovechando las oportunidades de la consejería y la atención de las situaciones de violencia intrafamiliar.

Otros instrumentos, instancias y mecanismos relacionados:


Objetivo 3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas 3.1, 3.2 y 3.3; El artículo 5 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, de la CEPAL.; Estrategia para el Acceso Universal a la Salud y la Cobertura Universal de Salud, de la OPS; Acuerdos 70 y 74 del Consenso de Santo Domingo; y el compromiso establecido en el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (medida 7.6).

Tema
D. Salud sexual y reproductiva