F.74 - Cooperación entre países para la protección de los derechos humanos en la migración irregular

Número de medida prioritaria
74
F.74 - Cooperación entre países para la protección de los derechos humanos en la migración irregular
Fortalecer la cooperación entre países de origen, tránsito y destino para enfrentar las causas y los desafíos de la migración que acontece de manera irregular, de modo de generar una migración en condiciones humanas, ordenada y segura, mediante esquemas bilaterales de movilidad de la mano de obra, y salvaguardando la protección de los derechos humanos de los migrantes.

Observaciones:

Esta medida está cubierta por todas las líneas de acción, metas y mecanismos sugeridos en medidas anteriores de este capítulo, y se relaciona con todas las medidas prioritarias que se incluyen en él. Involucra el despliegue de recursos y metodologías comunes para la estimación del número de personas migrantes irregulares. En el caso de la emigración hacia países de fuera de la región, se puede contar con estimaciones de los países de destino.

La medida se orienta a la migración irregular y se enfoca en los esquemas bilaterales, pero claramente estos pueden ampliar su escala, por lo que uno de sus propósitos principales es asegurar el respeto de los derechos de las personas migrantes, independientemente de su condición migratoria, mediante la cooperación de los países frente a la migración irregular.

Tema
F. Migración internacional