Observaciones:
Esta medida implica abordar una multiplicidad de ámbitos de acción, y de allí la relevancia de la visibilización de las personas afrodescendientes a lo largo de la Guía operacional, en las líneas de acción, metas e indicadores desagregados, y de que se reconozca el racismo y la discriminación estructural que afecta a estas personas. En particular, se complementa con la MP 77 (sobre la promoción del desarrollo y bienestar de las personas de todos los territorios) y la MP 81 (sobre la planificación y el ordenamiento territorial y urbano).
Posibles líneas de acción:
1. Elaborar leyes, políticas y programas de acción afirmativa para avanzar en el ejercicio de los derechos de las personas afrodescendientes, con perspectiva étnico-racial, de género y generacional. 2. Incluir la situación de las personas afrodescendientes de manera explícita en las políticas sectoriales, en particular, las dirigidas a garantizar el derecho a la salud, al empleo y a la educación. 3. Crear una institución rectora para los asuntos afrodescendientes o, si existe, fortalecerla, a fin de articular y coordinar la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo en conjunto con ese mecanismo. 4. Crear mecanismos que aseguren la plena y efectiva participación de las organizaciones afrodescendientes en las políticas de desarrollo y acción afirmativa. 5. Generar conocimiento actualizado sobre las situaciones de discriminación y racismo que afectan a las personas afrodescendientes. 6. Elaborar e implementar programas y estrategias comunicacionales tendientes a combatir el racismo y la discriminación étnico-racial. 7. Educar y capacitar a los funcionarios públicos para combatir la discriminación étnico-racial, incluidos los jueces y los candidatos a puestos del sistema judicial. 8. Establecer mecanismos accesibles que se ocupen de las denuncias de discriminación racial en los tribunales, los organismos administrativos, las instituciones nacionales de derechos humanos o las defensorías del pueblo.
Otros instrumentos, instancias y mecanismos relacionados
Mecanismos específicos, al menos los mencionados en la MP 92.A nivel regional, algunos aspectos están cubiertos por el Consenso de Santo Domingo, que incorpora de manera explícita a las mujeres, niñas, jóvenes y adultas mayores afrodescendientes en numerosos artículos relativos a diversos ámbitos de sus derechos y desarrollo (artículos 7, 30, 34, 35, 38, 40, 42, 62, 73, 74, 98 y 106).