Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas

Objetivo general

1. Promover, los principios de una sociedad democrática, participativa, protagónica, multiétnica, pluricultural y multilingüe, en un Estado de justicia, federal y descentralizado.
2. Desarrollar los derechos de los pueblos y comunidades indígenas reconocidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en las leyes y en los convenios, pactos y tratados validamente suscritos y ratificados por la República.
3. Proteger las formas de vida y el desarrollo sustentable de los pueblos y
comunidades indígenas, con fundamento en sus culturas e idiomas.
4. Establecer los mecanismos de relación entre los pueblos y comunidades
indígenas con los órganos del Poder Público y con otros sectores de la colectividad nacional.
5. Garantizar el ejercicio de los derechos colectivos e individuales de los pueblos, comunidades indígenas y de sus miembros

Beneficiarios
Población Indigena
Tipo
Ley
Temas / Capítulos
A. Integración de la dinámica poblacional
H. Pueblos indígenas
Medidas prioritarias directas