Fecha
Objetivo general
Precisar el alcance de los derechos y garantías individuales y colectivas establecidas en la Constitución en materia lingüística. Plantea diversas medidas para que el Estado implemente los derechos lingüísticos, entre ellas, define la política nacional para la promoción, conservación, recuperación y uso de las lenguas originarias.
Beneficiarios
Toda la población
País
Tipo
Ley
Institución responsable
Enlace
Medidas prioritarias directas
H.85 - Derechos de pueblos indígenas
Respetar y aplicar las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como las del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, exhortando a los países que aún no lo han hecho a firmarlo y ratificarlo, adaptando los marcos jurídicos y formulando las políticas necesarias para su implementación, con la plena participación de estos pueblos, incluidas las personas indígenas que viven en ciudades.