Definición:
El país aplica política/s en el ámbito de la erradicación de la trata de personas y el tráfico de migrantes, de la irregularidad, la creación y aplicación de protocolos de atención de la migración de niños, niñas y adolescentes no acompañados.
Notas:
Se trata de una adaptación del indicador 10.7.2 de ODS.
Este indicador también puede fundarse en los metadatos del indicador F.1. La explicitación de una política migratoria basada en derechos humanos encuentra su más directa definición en la adopción de instrumentos y obligaciones contraídas en el ámbito internacional.
El indicador de ODS habla de políticas bien gestionadas, pero los países de la región reconocen la explicitación del enfoque de derechos.
En relación con los metadatos del indicador ODS propiamente tal, estos estarán disponibles en:
- http://unstats.un.org/sdgs/metadata/.
A.4 - Población y desarrollo
F.67 - Asistencia y protección a los migrantes
F.68 - Estrategias globales y regionales para la protección de los derechos de los migrantes
F.70 - Principios de reciprocidad y coherencia en la asistencia a los migrantes
F.72 - Descriminalizar la migración
F.74 - Cooperación entre países para la protección de los derechos humanos en la migración irregular
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