H.4
Existencia de espacios de participación institucionalizados entre el Estado y los pueblos indígenas que incluyan los asuntos de población, de conformidad con los estándares internacionales.

Definición:

Existencia de espacios de participación sustantiva entre el Estado y los pueblos indígenas que incluyen de manera explícita los asuntos de población y que reconocen los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

Notas:

La participación sustantiva implica que los pueblos indígenas participan en todo el ciclo de políticas públicas cuyas acciones les afectan. El derecho a la participación está consagrado en el Convenio 169 de la OIT (artículos 6 y 7) y en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (artículo 18).

La información puede reforzarse mediante consultas a las instituciones de gobierno a cargo de los asuntos de los pueblos indígenas y a las organizaciones indígenas en cada país.

Instrumentos relacionados

Tipo
Cualitativo
Medidas prioritarias

A.2 - Derechos humanos, género e interculturalidad

2
Aplicar un enfoque de derechos humanos con perspectiva de género e intercultural en el tratamiento de los asuntos de población y desarrollo, e incrementar los esfuerzos tendientes a su reconocimiento, promoción y protección, con el fin de eliminar las desigualdades y fomentar la inclusión social.

A.3 - Institucionalidad pública

3
Establecer y fortalecer la institucionalidad pública encargada de los temas de población y desarrollo, a escala nacional y subnacional, y asegurar su integralidad y sostenibilidad, con la participación activa de otros actores no gubernamentales.

H.85 - Derechos de pueblos indígenas

85
Respetar y aplicar las disposiciones de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, así como las del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales, exhortando a los países que aún no lo han hecho a firmarlo y ratificarlo, adaptando los marcos jurídicos y formulando las políticas necesarias para su implementación, con la plena participación de estos pueblos, incluidas las personas indígenas que viven en ciudades.

H.86 - Pueblos indígenas y dinámica demográfica

86
Considerar las dinámicas demográficas particulares de los pueblos indígenas en el diseño de las políticas públicas, poniendo especial atención a los pueblos indígenas amenazados de desaparición, los no contactados o en situación de aislamiento voluntario o de contacto inicial, respetando el derecho a la libre determinación.
Tema
H. Pueblos indígenas