H.9
Existencia de una política o programas de salud acordes a los estándares internacionales del derecho a la salud de los pueblos indígenas, incluidos los derechos sexuales y reproductivos.

Definición:

Sin metadatos por el momento.

Desagregación:

A nivel nacional y subnacional.

Notas:

Las dimensiones para definir la conformidad con los estándares internacionales de derechos colectivos son: la garantía del acceso universal y de calidad a la atención de salud de la población indígena; la provisión de servicios de salud interculturales, en particular los de la salud sexual y reproductiva; la implementación de acciones de prevención e información con pertinencia cultural y lingüística; la promoción y el refuerzo de las prácticas tradicionales indígenas integradas al sistema nacional de salud; la participación de los pueblos indígenas en la gestión de la salud; la existencia de sistemas de información sobre salud que permiten identificar los perfiles de morbimortalidad de los pueblos indígenas, y la asignación de presupuesto acorde a los requerimientos. Por tanto, para el desarrollo metodológico de este indicador debe consensuarse al menos lo siguiente: (1) cuáles serán los criterios para establecer que la política cumple con el estándar en cada una de las dimensiones mencionadas; (2) si bien se plantea un indicador que sugiere dos alternativas “existe” y “no existe”, quizás debieran plantearse al menos 3 opciones (“no existe”, “cumple parcialmente” o “cumple totalmente con los estándares”) y/o desarrollar algún índice al respecto. Es deseable que estos acuerdos se definan en conjunto con las organizaciones de los pueblos indígenas.

Instrumentos relacionados

Tipo
Cualitativo
Medidas prioritarias

B.7 - Niños, niñas, adolescentes y jóvenes

7
Garantizar a niños, niñas, adolescentes y jóvenes, sin ningún tipo de discriminación, las oportunidades para tener una vida libre de pobreza y de violencia, la protección y el ejercicio de derechos humanos, la disponibilidad de opciones, y el acceso a la salud, la educación y la protección social.

B.12 - Salud sexual y salud reproductiva

12
Implementar programas de salud sexual y salud reproductiva integrales, oportunos y de calidad para adolescentes y jóvenes, que incluyan servicios de salud sexual y salud reproductiva amigables, con perspectiva de género, derechos humanos, intergeneracional e intercultural, y que garanticen el acceso a métodos anticonceptivos modernos, seguros y eficaces, respetando el principio de confidencialidad y privacidad, para que adolescentes y jóvenes ejerzan sus derechos sexuales y derechos reproductivos, tengan una vida sexual responsable, placentera y saludable, eviten los embarazos tempranos y los no deseados, la transmisión del VIH y otras infecciones de transmisión sexual; y tomen decisiones libres, informadas y responsables con relación a su vida sexual y reproductiva y al ejercicio de su orientación sexual.

C.26 - Políticas de salud adecuadas

26
Adecuar las políticas de salud a los desafíos del variado y cambiante perfil epidemiológico resultante del envejecimiento y la transición epidemiológica, reforzando la lucha para erradicar las enfermedades transmisibles e implementando acciones de prevención y tratamiento de las enfermedades crónicas tradicionalmente denominadas no transmisibles, pero que hoy sabemos, tienen una fuerte impronta de las influencias de las condiciones de vulnerabilidad social y económica en los primeros años de la vida de las personas. Estas políticas deben tener en cuenta especificidades de género, edad, regiones, grupos étnicos y socioeconómicos.

D.37 - Acceso universal a servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad

37
Garantizar el acceso universal a servicios de salud sexual y salud reproductiva de calidad, tomando en consideración las necesidades específicas de hombres y mujeres, adolescentes y jóvenes, personas LGBT, personas mayores y personas con discapacidad, prestando particular atención a personas en condición de vulnerabilidad y personas que viven en zonas rurales y remotas y promoviendo la participación ciudadana en el seguimiento de los compromisos.

D.40 - Eliminar las causas de morbilidad y mortalidad materna

40
Eliminar las causas prevenibles de morbilidad y mortalidad materna, incorporando en el conjunto de prestaciones integrales de los servicios de salud sexual y salud reproductiva medidas para prevenir y evitar el aborto inseguro, que incluyan la educación en salud sexual y salud reproductiva, el acceso a métodos anticonceptivos modernos y eficaces y el asesoramiento y atención integral frente al embarazo no deseado y no aceptado y, asimismo, la atención integral después del aborto, cuando se requiera, sobre la base de la estrategia de reducción de riesgo y daños

D.43 - Atención integral en salud en el proceso reproductivo para todas las mujeres

43
Asegurar el acceso efectivo de todas las mujeres a la atención integral en salud en el proceso reproductivo, específicamente a atención obstétrica humanizada, calificada, institucional y de calidad, y a servicios óptimos de salud de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, así como a servicios que integren la interrupción del embarazo en los casos previstos por la ley y garantizar el acceso universal a técnicas de fertilización asistida.

D.46 - Recursos para el acceso universal a la salud sexual y reproductiva

46
Garantizar una dotación suficiente de recursos financieros, humanos y tecnológicos para brindar un acceso universal a la salud sexual y la salud reproductiva de todos y todas, incluidos hombres, mujeres, adolescentes, jóvenes, personas mayores y personas con discapacidad, sin discriminación alguna.

G.78 - Descentralización, desconcentración y planificación participativa

78
Ampliar y perfeccionar los procesos de descentralización, desconcentración y planificación participativa en los ámbitos subnacionales y locales, favoreciendo la disponibilidad, accesibilidad y calidad de los servicios básicos, educación y salud, incluida la salud sexual y la salud reproductiva y la prevención de la violencia contra las niñas, adolescentes y mujeres.

H.85 - Derechos de pueblos indígenas

85
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87
Garantizar el derecho a la salud de los pueblos indígenas, incluidos los derechos sexuales y derechos reproductivos, así como el derecho a sus propias medicinas tradicionales y sus prácticas de salud, sobre todo en lo que se refiere a la reducción de la mortalidad materna e infantil, considerando sus especificidades socioterritoriales y culturales, así como los factores estructurales que dificultan el ejercicio de este derecho.
Tema
H. Pueblos indígenas